“Como política pública abre un abanico de oportunidades para las personas que se encuentran impedidas para ir a su lugar de trabajo”
La
diputada Santa Alejandrina Corral Quintero, presentó una iniciativa que
reforma diversos artículos de la Ley de Fomento a la Competitividad y
Desarrollo Económico para el Estado de Baja California y de la Ley de
Hacienda Del Estado De Baja California, con el objetivo de regular el
trabajo a distancia (Teletrabajo).
La
diputada en su exposición de motivos, explicó que las reformas son para
establecer la posibilidad de otorgar estímulos fiscales a aquellas
empresas establecidas en el estado que implementen la modalidad de
teletrabajo, misma que regula la Ley Federal del Trabajo, para
incorporar esta modalidad de contrataciones, como parte de los esquemas
de puntuación para que sean objeto de estímulos por nuevas inversiones
que realicen en el Estado.
Adicionalmente,
se propone reformar la Ley de Hacienda del Estado de Baja California,
como instrumento rector de la política fiscal y hacendaria en el ámbito
estatal, con el propósito de establecer que aquellas empresas que
contraten personas bajo la modalidad teletrabajo, quedarán exentas de
pago de impuesto sobre remuneraciones al trabajo personal que les
corresponda cubrir periódicamente, por las remuneraciones relativas a
estos empleados.
La
inicialista, explicó que, la iniciativa pretende disminuir la tasa del
impuesto sobre nóminas cuando la empresa implemente el denominado
trabajo desde casa, o teletrabajo, siempre y cuando acredite que los
trabajadores que hayan laborado en la modalidad de trabajo de
teletrabajo deberán representar al menos el 10% del total de su
plantilla laboral y además en relación a estos empleados demostrar su
inscripción y pago de las aportaciones de seguridad social.
“No
menos importante es que, como política pública del estado, al impulsar
este tipo de acciones se abre un abanico de oportunidades para aquellas
personas que por circunstancias especiales se les dificulta o se
encuentran impedidas para acudir a su lugar de trabajo por razones de
enfermedad, discapacidad, embarazo, incapacidad médica y otras
similares, y así no se encuentren en riesgo de perder su trabajo.
Refirió
que los estímulos fiscales no dejan de ser instrumentos económicos que
en todo momento deben de respetar los principios que regulan las normas
tributarias y que, en este caso, consiste en los principios de
legalidad, preeminencia de la ley, reserva de la ley, proporcionalidad y
equidad a fin de no vulnerar otros derechos y garantías de la
ciudadanía
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